martes, 12 de mayo de 2020

Bajas Laborales: Necesita Aclaración

El asunto es el problema; la forma, la solución. Friedrich Hebbel
Esta semana han llegado sendas notas informativas en nuestro buzón de casillero relativas nuevas instrucciones aclaratorias incapacidad Laboral Transitoria IT. En lo relativo al Ministerio de Inclusión, seguridad social y migraciones. Se presenta (30/04/2020) una actualización para la emisión y transmisión de partes de incapacidad temporal al instituto nacional de la seguridad social, en el caso de trabajadores especialmente sensibles y de partes de procesos COVID19 intercurrentes con otros procesos de IT por distintas patologias  (en pfd). en ella se incluyen instrucciones aclaratorias:
  1. Emisión y tramitación de partes de incapacidad para trabajadores especialmente sensibles: donde se establece que se actualizará el documento "procedimiento para servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición SARS-CoV2".  Incluyendo el modelo de informe médico, la publicación de prevención "antes de ir al trabajo".  Considerando además, la diferenciación en casos de incapacidad temporal en trabajadores especialmente sensibles: a los que se les indicará como código CIE-10, el siguiente: Z29.8 para Otras medidas profiláticas especificadas.
    • Z29.8: EXCLUSIVAMENTE:  para personal sensible en bajas de nueva emisión posteriores al del   10/04/2020. En caso de no atender a estas restricciones de fechas y hacer un parte con este código anterior al 10/04/2020, este será rechazado por el INSS, no se pagara al trabajador por parte de la empresa y el facultativo tendrá que rehacer el parte con un código válido en la fecha en cuestión.
  2. Situación de COVID soberviniendo en una IT previa por otra patología: Como norma general, no procede modificar el diagnóstico en ningún proceso previo de IT de patología no covid-19, por indicación de aislamiento cuando el anterior no fuera compatible con una sintomatología COVID-19. LAs bajas anteriores a 15/02/2020 no se podrán recodificar a COVID-19. Aunque la persona trabajadora no se hubiera sanado de la patología que le ha causaso una baja, si enferma grave por COVID-19 y requiere hospitalización por esta causa, procederá un alta de la baja inicial y nueva baja por COVID y una vez resuelto este emitir alta de COVID y nueva baja acumulada al proceso anerior si continua necesitandola.
    1. En ningún caso procede modificar ningún  proceso previo de IT por nueva indicación de aislamiento salvo excepción punto 4 de los siguientes.
    2. Se admiten modificaciones de código diagnóstico a COVID19, en los partes de confirmación para procesos IT con fecha de baja inicial desde el 15/02/2020 en adelante.
    3. Para bajas iniciadas antes del 15/02/2020 no se admiten cambios a COVID19. En estos casos se dará el alta por proceso inicial por EC/AT y nueva baja al día siguiente por EC por COVID19.
    4. Para bajas iniciadas antes del 15/02/2020 en trabajador vulnerable/sensible, se procederá según apartado 1, y el punto anterior 
A este respecto recomiendo la lectura del artículo publicado en la revista SoMaMFyC, Especial Revista Resetea Primaria. Firmado Ballarin A. León F. Centros de Salud El greco y San Juan de la Cruz, del Grupo de Trabajo LEx Artis de esta Sociedad Científica, que empiezan diciendo: Los cambios de criterio en incapacidad temporal (IT) durante la crisis y algunas decisiones han sobrecargado de burocracia a los médicos de familia (MF), distrayéndonos de lo verdaderamente importante. Se codificó con diferentes CIAP y CIE situaciones clínicas dispares en relación al coronavirus (mero contacto, sospecha e infección confirmada); pero todas fueron igualmente asimiladas a accidente de trabajo (AT) en sus efectos económicos. Esto generó problemas... y continuan " Así que hemos tenido que asumir funciones propias de otros, transformando en bajas situaciones de no-enfermedad, como el aislamiento de trabajadores sanos o a las gestantes sin posibilidad de adaptación del puesto, que no han podido acceder a la prestación de “riesgo del embarazo”, por falta de acceso al INSS y mutuas.

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