sábado, 25 de abril de 2020

Que es el HSE: Historia de Salud Electrónica e IT

El  HSE: Historia de Salud Electrónica (HSE) es un "portal" sitio Web donde los pacientes pueden consultar informes clínicos. En este portal se puede encontrar tanto informes de la Historia de Salud Electrónica ofrecidos por la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública como informes generados en cualquier Servicio de Salud, disponibles en la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud (HCDSNS).
En este portal el usurario tras identificarse, podrá:
  • Visualizar el listado de documentos disponibles.
  • Consultar los informes clínicos, guardarlos e imprimirlos.
  • Ocultar de forma selectiva los informes clínicos que desea que no estén accesibles para profesionales de otra comunidad autónoma.
    • ​En este caso, los profesionales podrán saber que usted ha decidido proteger cierta información, aunque no sabrán siquiera de que tipo es esta. En caso de encontrarse en una situación que, a juicio del profesional sanitario, requiera atención sanitaria urgente, éste podría llegar a visualizar dicha información sin su consentimiento.
  • ​Consultar los accesos a los informes que han realizado los profesionales sanitarios a través de HCDSNS y formular reclamaciones en caso de acceso indebido.
    • ​Los profesionales sanitarios están autorizados para acceder a los informes de un paciente solo cuando este precise asistencia sanitaria.
    • El sistema conservará el rastro de la identidad de las personas que accedan y de las características de la información que consulten. Este rastro será auditado periódicamente.
    • Es perseguible legalmente cualquier acceso a esta información no justificado por la necesidad de asistencia sanitaria de los pacientes individuales, o realizado sin contar con la autorización debida, o que derive en un uso ilegítimo de la misma.
Al pulsar el botón "Acceso con Certificado", se le solicitará que se identifique mediante un certificado electrónico para poder acceder al servicio.
El motivo de esta entrada es exlicar un recurso que ha surgido en su utilización por el Protocolo de Actuación en Incapacidade Temporal por COVID-19: en dicho protocolo hay algunas erratas, que se han mantenido en la actualización del 2/04/2020:
  1. Nombran a un tal MAP: que no se a que se refiere, pues nuestra especialidad se Abrevia con MFyC .
  2. No sigue de forma explicitas las recomendaciones de Codificación, según la (Actualización del 3 de Marzo de 2020) CODIFICACIÓN Y REGISTRO DEL NUEVO CORONAVIRUS (COVID-19). Donde se indica: Nota
    1. El código de diagnóstico B34.2 Infección debida a coronavirus, no especificada, aunque puede ser utilizado, es de aplicación poco probable para el COVID-19, porque hasta ahora la mayoría de los casos han cursado con afecciones respiratorias.
    2. Para los casos en los que existe preocupación por una posible exposición al COVID-19, y dicha infección queda descartada tras la evaluación del paciente, debe asignarse el código: Z03.818. Aqui entrarian las situaciones de Profesional Sensible.
    3. Para contactos en los que se ha producido una exposición real con alguien que tiene confirmado el COVID-19, entonces SI se utilizará el código: Z20.828

Abufacil Historia Salud Electrónica from Javier Blanquer

 

Según Instrucciones relativas a la colaboración de los serrvicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2) de 26/03/2020.
Los códigos a utilizar para este procedimiento especial, que serán reconocidos por Seguridad Social como accidente de trabajo, son: Para CIE-10 ES:
  • Contacto o exposición: Z20.828: Contacto y exposición (sospechada) a otras enfermedades transmisibles virales contagiosas víricas.
  • Infección: B34.2: Infección debida a coronavirus no especificada  
Para Saber más: Partes de IT publicados en HSE

jueves, 16 de abril de 2020

Prescripción Mascarillas: Receta electrónica

RESOLUCIÓ de 15 d'abril de 2020, de la consellera de Sanitat Universal i Salut Pública, per la qual s'efectua la donació de màscares higièniques per a la població vulnerable en l'àmbit de l'estat d'alarma Covid-19, en la Comunitat Valenciana. [2020/2939] (DOGV núm. 8790 de 16.04.2020) Ref. Base de dades 003114/2020)

la Generalitat Valenciana ha llegado a un acuerdo con los colegios farmacéuticos de la Comunidad Valenciana, mediante el que la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública distribuirá máscaras higiénicas gratuitamente a través de las oficinas de farmacia a las personas mayores de 65 años y colectivos vulnerables de mayor riesgo.
Las destinatarias de la medida que contempla esta resolución son las personas con mayor riesgo de presentar complicaciones en caso de contraer la COVID-19. Hay que remarcar que no se trata de población en riesgo de contraer la enfermedad, sino de población no expuesta que en caso de infectarse tendría peor pronóstico y, por tanto, mayor probabilidad de hospitalización, ingreso en UCI o requerimiento de ventilación mecánica .
  1. Dar 3.600.000 máscaras higiénicas a las personas y colectivos vulnerables definidos en el punto segundo de esta resolución, sin perjuicio de la posibilidad de posteriores distribuciones. Esta donación se efectuará a través de los principales almacenes distribuidores y las oficinas de farmacia de la Comunidad Valenciana.
  2. El colectivo beneficiario de esta resolución, de acuerdo con los criterios de prioridad y la capacidad del sistema de información de que dispone la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública (GAIA), será el siguiente, 
    • a) Personas con edad igual o superior a 65 años. 
    • b) Personas con estados de salud de mayor vulnerabilidad, de acuerdo con el Sistema de Clasificación de Pacientes (SCP): estados de salud 6,7, 8, y 9. Según datos del 2014 un total de 703.053 usuarios (x 3 = 2.109.159 mascarillas)
      • Estado 9. Necesidades sanitarias elevadas. Condiciones que suponen dependencia de tecnología médica de por vida y/o influyen considerablemente en el estilo de vida del paciente.
      • Estado 8: Enfermedades malignas dominantes y metastásicas. Pacientes con, al menos, una enfermedad maligna que condiciona significativamente el cuidado médico requerido o una enfermedad menos significativa.
      • Estado 7: Enfermedad crónica dominante en tres o más sistemas orgánicos. Combinación de tres o más patologías crónicas dominantes.
      • Estado 6. Enfermedad crónica importante en múltiples sistemas orgánicos. Combinación de dos o más patologías crónicas dominantes, crónicas moderadas o crónicas menores. Al menos una de las patologías debe ser crónica dominante o crónica moderada.
  3. En las oficinas de farmacia se dispensarán las máscaras directamente a los ciudadanos beneficiarios, gratuitamente. Se dispensarán 3 máscaras para cada persona beneficiaria.
    La prescripción de las máscaras se habilitará informáticamente en la receta electrónica de cada persona beneficiaria, que permitirá su identificación a través de la SIP y los registros de dispensación. Se incorporará una única receta, no renovable, como producto no financiable, que no se debe prescribir y sin coste para el paciente o la paciente.